Documento válido para votar en las elecciones del 22 de octubre
Los documentos habilitantes para votar son:
Libreta de enrolamiento
Libreta cívica
DNI libreta verde DNI
DNI libreta celeste
Tarjeta del DNI libreta celeste
Nuevo DNI tarjeta
No se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Si se admitirá el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón.
El elector puede votar presentándose con libreta de enrolamiento o libreta cívica siempre que no haya gestionado el DNI. También podrá votar si se presenta, por ejemplo, con un DNI triplicado y en el padrón figura que se le otorgó un duplicado. No podrá hacerlo, cuando se presente a votar con un DNI libreta verde, habiendo gestionado el nuevo DNI tarjeta.
Qué pasa si perdiste el documento para votar
Hay que hacer es acercarse el día de las elecciones a la comisaría más cercana a su domicilio para que sea emitido el certificado de extravío del documento correspondiente.
Con dicho certificado, la persona tendrá hasta 60 días (a partir de la fecha de las elecciones) para acercarse a la Secretaría Electoral que corresponda a su distrito para justificar su inasistencia.