Cíclicamente, cuando un suceso gravísimo ocurre y está involucrado un menor de 16 años, se pone sobre el tapete la discusión de la edad de imputabilidad. Actualmente la ley nacional, firmada por el dictador y criminal condenado Jorge Rafael Videla en 1980, marca el límite de los 16 años. Por debajo de esa edad no son punibles, es decir no pueden ser castigados. Casi medio siglo después sigue vigente la misma normativa. Claramente la sociedad no es la misma. UNICEF recomienda que no se fije la imputabilidad por debajo de los 14. Los países latinoamericanos tienen distintos límites pero con muchísimos matices. Es un debate necesario, pero que debe abordarse con seriedad, lejos de las coyunturas transitorias que terminan siendo fulbito para la tribuna, porque nada cambia. El gatopardismo discursivo de la clase política. Gritan, insultan, se acusan, se toman de los pelos frenéticamente pero todo sigue igual. En la provincia de Buenos Aires está vigente la ley 13.634 de principios del 2007. Esa normativa separó las funciones penales de las tutelares que antiguamente se realizaban en los conocidos “Juzgados de Menores”. Cambió el paradigma y las funciones sociales (tutelares) las realizan otros organismos provinciales y municipales. Aquellos “Juzgados de Menores” se convirtieron en “Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil” y en “Juzgados de Garantías del Joven”. La estructura de la ley 13.634, sin entrar en muchos detalles, configuró el proceso para los menores imputables con la participación de fiscales y defensores especializados en este fuero, por ejemplo. Un tema importante: ésta normativa habilita un régimen especial para adolescentes de 14 y 15 años que hayan cometido un delito. Es una decisión discrecional. En estos últimos días hubo una medida de seguridad y la remisión a un instituto de un adolescente de 13 por una brutal agresión ocurrida en General Rodríguez. Radiografía del Departamento Judicial de Moreno y General Rodríguez respecto al sistema penal juvenil. Hay un Juzgado de Garantías del Joven en turno permanente, que es el antiguo Juzgado de Menores, que desde hace 20 años está bajo la batuta de la Dra. Mirta Guarino. Hay una fiscalía especializada, la 6, con dos fiscales (el último se incorporó en diciembre). Dos defensorías oficiales de este fuero. No hay institutos de régimen cerrado. Tampoco centros de contención. Nada más.¿Es grave? Según el último censo (mal hecho, incompleto, barriadas integras sin censar) realizado en el 2022 indica que Moreno tiene 576.578 habitantes, de los cuales 177.892 son menores de 18 años (31% del total) y los alcanzados por la ley de responsabilidad penal juvenil (17 y 16 años) son 19.787. Los números de General Rodríguez: 142.646 habitantes, 48.369 menores (34%) y 5.061 tienen 16 y 17 años. Las estadísticas muestran que el ministerio público fiscal tramitó 624 causas en el 2020, 693 en el 2021 y 850 en el 2022. El 2023 hubo un salto. Fueron 1.264, lo que representó el 5.3% de las instrucciones realizadas en toda la provincia. Todavía no fueron publicadas las cifras del 2024.Los números son fríos, de acuerdo. Pero marca una cuestión que no hay que soslayar, al menos en nuestro Departamento Judicial. ¿Hay que debatir la edad de imputabilidad? Sin dudas. Pero también, urgentemente, hay que dotar al sistema de la estructura necesaria para funcione correctamente. Porque pueden ser punibles los menores de los 12 años, si así se acuerda, pero no habrá respuesta de la justicia por la falta de organismos. Entrevista con los Drs. Leonardo Sigal y Pablo Becerra, abogados particulares