General Rodríguez tiene un nuevo Código de Contravenciones

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El Concejo Deliberante de General Rodríguez, aprobó en la última sesión el nuevo régimen de penalidades. El fuerte pedido realizado desde el Departamento Ejecutivo para actualizar los costos de las sanciones que impone el mismo, finalmente dio resultado al obtener los 8 votos necesarios con el apoyo del bloque oficialista del Frente para la Victoria, sumado el del unibloque de Elena Cordone. Por su parte la oposición logró obtener siete votos divididos en tres del bloque Peronista, uno de la Unión Cívica Radical, otro del ARI y dos del Frente Amplio Progresista.
Tanto Anghileri como parte de su equipo, habían realizado manifestaciones a favor del nuevo instrumento legal contravencional, dado que la readecuación contiene acciones que no estaban contempladas en la ordenanza anterior, como así también que los valores de las multas habían quedado desactualizados y con sanciones obsoletas.
Sin lugar a dudas el nuevo régimen de penalidades es más amplio ya que contempla sanciones como: Multas que pueden ascender hasta un máximo de 200.000 pesos que se actualizará automáticamente con cada incremento del sueldo básico nominal inicial de los empleados municipales. Justamente esto ocurrirá en los próximos meses, por lo que a los valores que se describirán en los ejemplos que se encuentran en ésta nota, se les tendrá que agregar en el mes de julio, el porcentaje de aumento que ya pactaron el municipio y los gremios para el 2012.
Un dato no menor que debe destacarse que se fogoneó desde el Concejo Deliberante, es la norma que se agregó al proyecto original relacionada con los castigos. Antes el código indicaba el paso directo a la sanción económica llegando hasta el arresto en caso de incumplimiento, pero ahora se interpuso la posibilidad que ante la primera infracción, la persona deba realizar cursos de educación y capacitación.
Con respecto a la oposición, el motivo que esgrimieron los bloques para su negativa, pasó principalmente por la imposibilidad de aplicar todas las normas incluidas en el código e inclusive con valores que distan de la realidad. Por éste motivo se la calificó como confiscatoria, dado que el ciudadano queda a merced del juez interviniente (en éste caso el intendente ante la falta de juez de Faltas), para saber si podrá o no pagar la multa establecida.
Algunos datos
* Estas multas podrán convertirse en arresto cuando no sean abonadas en término, para lo cual se dará intervención a la Justicia, las inhabilitaciones no podrán exceder los noventa días y se podrán dictar clausuras definitivas en industrias y comercios.
* Será el Juez de Faltas quien tendrá la potestad de aplicar las sanciones atendiendo a criterios de racionalidad y proporcionalidad también estará en sus manos la posibilidad de dictaminar sanciones accesorias, multas por debajo del mínimo e incluso eximir al infractor de las mismas. Vale aclarar que tanto las sanciones accesorias como por ejemplo una amonestación que no exige el pago de una multa o la realización de un curso de educación vial solo serán aplicables en aquellos casos donde el contraventor no sea reincidente o sea aquella persona que en el término de un año habiendo cometido una falta vuelva a cometer una nueva infracción.
* De las faltas que cometan los menores de 18 años serán responsables los padres, encargados, tutores y/o guardadores. En aquellos casos donde el infractor que no sea identificado, responderá por la falta el titular registral del vehículo excepto que pueda justificar la venta a través de una denuncia trámite que se realiza ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.
* Este nuevo y amplio ordenamiento regula penas contra la autoridad municipal, contra la sanidad e higiene, contra la sanidad e higiene alimentaria, contra la sanidad e higiene en la vía pública, contra la higiene mortuoria, contra la seguridad y el bienestar y la estética urbana, sobre las obras y demoliciones, las industrias, comercios y actividades asimilables, sobre los consumidores, los espectáculos públicos, sobre vigilancia, custodia y seguridad, sobre la protección de niños, niñas y adolescentes, sobre la ecología y el medio ambiente y contra el tránsito, el estacionamiento vehicular, los conductores profesionales, los taxis y remises, el transporte escolar, el transporte colectivo de pasajeros, el transporte de carga, etc.
Sanciones para todos
Vamos entonces a algunos ejemplos de multas que podríamos denominar las más comunes y cuanto dinero se deberá desembolsar ante la infracción. Tomando en cuenta el incremento salarial ya acordado, los números que se brindarán serán los aproximados a partir del mes de julio.
1) Si un comerciante se negara a una inspección municipal en uso de su poder de policía la multa rondaría entre los 200 a 2000 pesos. Por su parte la violación de la clausura de un comercio e industria tendrá multa que va desde los 200 a 20000 pesos.
2) Si Usted tiene problemas con su vecino porque desde el patio de su casa emanan olores que le generan molestias y afectan su salubridad, el Juez (o sea el intendente), mediante resolución fundada podrá allanar el domicilio, verificar y sancionar con multas de 200 a 200000 pesos.
Para aquellos que se dediquen a la industria de los alimentos las penas alcanzan los 200000 pesos y el decomiso en el caso de que no se cumpla con lo reglamentado.
3) Con referencia a los desagües de las piscinas a la vía pública, una vez que el inspector constata esta irregularidad, el contraventor deberá pagar una multa que va entre 700 y 20000 pesos, pero además si esto lo realiza una institución deportiva podrá ser inhabilitada.
Para las industrias el desagüe de sus efluentes será penalizado con multas de hasta 200000 pesos además también pueden ser inhabilitadas.
4) Si decide disfrutar de los sonidos de la naturaleza ahora podrá, porque estarán penalizadas todas las acciones que interrumpan su bienestar ya que se sancionará la transmisión por altavoces, la publicidad aérea, la utilización de radio, televisores, etc., en colectivos, en calles, paseos, lugares públicos y parques con multas de hasta 40000 pesos.
5) Aquellos que decidan construir y no cumplan con las normas de seguridad en obras y demoliciones también deberán pagar multas que alcanzan los 200.000 pesos. También hay sanciones máximas para quienes no cumplan con las habilitaciones de empresas, comercios e industrias e inhabilitaciones entre los tres a los noventa días.
6) Las computadoras de los comercios que brinden acceso a internet deberán tener filtros de contenido sobre páginas pornográficas, de lo contrario las multas que deberán pagar oscilarán entre los 20000 pesos hasta los 100000 pesos e incluso podrán ser clausurados si persisten en no cumplir con la norma.
7) Uno de los temas que ha cobrado interés es el uso de ciclomotores, motos y automóviles sin silenciador que ocasionan ruidos molestos, bueno esto estará penalizado con multas que ascienden desde los 100 pesos aproximadamente hasta los 2000 pesos. También conducir sin casco protector será sancionado con multas de hasta 1000 pesos.
8) La prioridad del paso en las rotondas, bocacalles, de emergencia rondan en multas mínimas de 100 pesos hasta los 2000 pesos. El giro indebido a la izquierda, el giro en «U», no hacer señales la utilización indebida de la marcha atrás podrán ser sancionadas con multas de hasta 40000 pesos.
9) Si le falta un espejo, el paragolpes, el limpiaparabrisas o la chapa patente a su vehículo, deberá pagar multas entre los 100 y 2000 pesos.
10) La licencia de conducir adulterada tendrá una sanción que puede ascender a los 20000 pesos.
11) El conductor y los pasajeros de un vehículo en movimiento que no llevaren colocador el cinturón de seguridad serán sancionados con multas de 4000 pesos al igual que aquellos conductores que no cuenten con los dispositivos de retención infantil (silla para bebé) en los asientos traseros.
12) Los conductores que desobedezcan las indicaciones de las personas autorizadas para dirigir el tránsito deberán pagar una multa de 10000 pesos.
13) Estacionar en lugares no permitidos será sancionado con multas de 100 a 2000 pesos.
14) Conducir con facultades alteradas (alteración psicofísica, ebrio o bajo la acción de tóxicos o estupefacientes) podrá ser condenado a pagar una multa que ronda entre los 10000 a 40000 pesos y/o la inhabilitación de hasta 90 días.
15) Para aquellos peatones que no respeten las luces de los semáforos que habiliten su paso también serán pasibles de multas de 84 hasta 113 pesos aproximadamente.
16) Si a su vehículo le faltan algunas o todas las luces, tiene luces auxiliares prohibidas, paragolpes antirreglamentario, vidrios tonalizados, o le falta la tapa de combustible deberá pagar multas de hasta 2000 pesos.
17) Aquel conductor que fuese detectado manejando y hablando por celular o mirando un video será sancionado con multas por un valor de 5000 pesos.
18) Quien circulare en contramano deberá pagar multas por valores que van desde los 200 a 2000 pesos, pasar un semáforo en luz roja o el exceso de velocidad podrían ser sancionados con multas de hasta 20000 pesos e incluso la inhabilitación de hasta 90 días. El conductor deberá conducir con ambas manos sino recibirá multas de hasta 400 pesos.
19) Serán penalizadas las denominadas “picadas” con multas de 400 pesos hasta 200000 pesos y/o la inhabilitación hasta 90 días.
Más allá de este completo reglamento, la posibilidad de aplicar esta norma dependerá mucho de la capacidad, la competencia y la responsabilidad de los encargados de imponer las sanciones a las contravenciones que se cometan. También tendrá que notarse cierta coherencia por parte de la autoridad de aplicación, dado que las sanciones económicas son imposibles de abordar y eso puede derivar en graves problemas para el futuro.