La Cámara Federal Sala II, del Departamento Judicial de San Martín, dio lugar a la apelación del municipio de Moreno y habilitó que nuevamente la tasa de servicios generales esté incluida en la facturación de EDENOR.
Cabe recordar que a principios de año, el gobierno nacional dispuso, a través de la resolución 267/2024, que las provincias y municipios no podrán incluir impuestos ni tasas locales en las facturas de servicios públicos esenciales, como luz y gas. La medida obligaba a que las boletas reflejen únicamente el costo del servicio contratado, quedando prohibida la incorporación de conceptos ajenos a su naturaleza -como tasas de seguridad e higiene, aportes a bomberos o contribuciones para hospitales municipales, etcétera. La medida estaba impulsada por el presidente Javier Milei y por el ministro de Economía Luis “Toto” Caputo.
En una primera instancia, la justicia federal había avalo esta medida pero en la apelación la municipalidad logró revertirla. La decisión está fechada el 1º de julio. Cuando se conoció la disputa, la intendenta Mariel Fernández anunció que aquella normativa generaba una pérdida cercana a los 500 millones de pesos mensuales y que afectaría la obra pública a nivel local.
La Cámara Federal Sala II, con las firmas de los jueces Néstor Barral y Alberto Lugones, declaró inconstitucional el decreto nacional, porque afecta el federalismo y la autonomía de los municipios, argumentaron los magistrados. En entrevista con el Dr. Nahuel Berguier, secretario de Gobierno y Justicia de la comuna, explicó que automáticamente vuelve a incluirse la tasa de servicios generales en la boleta de EDENOR y que no hace falta firmar un nuevo convenio.