El voto opositor no acompañó al oficialismo en el código contravencional. El edil del radicalismo Héctor Gómez fue duro al considerarlo “represivo y confiscatorio”. En la explicación dada en la sesión de su voto negativo, decía Gómez: “Considero que el Código de Faltas que se intenta aprobar es una copia del existente en la ciudad de Morón y no se adapta a las características, a la idiosincrasia y a los tipos de infracciones que se regulan en nuestro distrito. Simplemente se ha hecho un copia y pegue de éste Código Contravencional. Creemos que en alguna medida es represivo y confiscatorio y digo esto porque si nos ponemos a observar con atención, entre las graduaciones de las sanciones, establece la multa, la inhabilitación, el arresto, la clausura, la obligación de realizar trabajos comunitarios, la obligación de concurrir a cursos de educación vial y prevención de siniestros de tránsito. Estas son las sanciones que prevé éste Código y si nos tomamos el trabajo de leer el articulado, notamos que solamente se aplica ésta gradación aquellas que tienen carácter represivo, como son las multas, las inhabilitaciones o el arresto.
No se encuentran dentro de las sanciones las que tienen un carácter correctivo u orientador, que fundamentalmente son las que hacen tomar conciencia al infractor de la transgresión que ha cometido.
Después vemos algunos inconvenientes en términos generales. Todos sabemos que las sanciones están graduadas en módulos y que el mismo equivale al 1% del sueldo básico del personal de servicio y establece hasta un máximo del 10.000 módulos, por lo que consideramos que esto es confiscatorio, porque hay transgresiones que al infractor se le hará imposible el cumplimiento en función que los montos no están dentro de una racionalidad que debe existir en la aplicación de las sanciones, porque la sanción tiene un carácter punitivo, pero a la vez tiene un carácter recaudatorio, con lo cual digo que en alguna medida se convierte en confiscatoria.
Después en el artículo 10 del código contravencional, se habla de las multas que pueden convertirse en arresto cuando no fueran abonadas en término y la pregunta es: ¿Están previstos los lugares de arresto de un infractor?, porque a simple vista debemos creer que no serán afectados en una comisaría, sino en otro lugar predeterminado.
Entonces si sumamos los dos conceptos, la cantidad de módulos que se cobran por algunas infracciones y ante la falta de cumplimiento por no disponer del dinero, se pueden multiplicar las personas que terminen arrestadas y no veo que estén contemplados los lugares donde deba permanecer esa importante cantidad de personas. Sinceramente espero que no sean alojados en la comisaría donde se encuentran los delincuentes comunes.
Otra dato que creo que es digno de destacar, es el margen de discrecionalidad que tiene el departamento ejecutivo en los mínimos y los máximos, está bien que se establezcan penalidades, está bien que tengan un mínimo y un máximo, pero yo observo en éste Código Contravencional máximos y mínimos muy extremos, con lo cual aumenta el margen de discrecionalidad del poder administrador y agreguemos que General Rodríguez no tiene juez de faltas, por lo cual el intendente municipal es el que toma las decisiones finales. Por éste motivo es que entregarle al ejecutivo y no a un poder independiente ésta posibilidad, yo no estoy dispuesto a hacerlo”.
García a favor
El concejal del Frente para la Victoria Mauro García, realizó declaraciones donde deja establecido que muchos de los temas tratados en el código contravencional habían sido evaluados entre los bloques, pero evidentemente no fueron suficientes los acuerdos para definir un voto unánime. En declaraciones a nuestro medio hizo un balance de lo actuado: “Nosotros hemos atendido todas las sugerencias de los demás bloques en las reuniones de la comisión. Por ejemplo hemos atendido algunas indicaciones realizadas por el concejal Mario Deguiz respecto al tema tránsito y de Gastón Aguirre Mundani que las tuvimos en cuenta, porque las consideramos valiosas.
Pese a ello decidieron rechazarlo, lo cual no entendemos realmente el por qué, ya que éste proyecto contempla un nuevo régimen de penalidades en el cuál nosotros hemos considerado, por ejemplo, que era importante que antes de una sanción o multa, existan cursos de capacitación.
Me llamó la atención que el concejal Gómez en su alocución haga una apreciación sobre las multas y sus consecuencias, cuando ese artículo había sido modificado por nosotros mismos”.