Tragedia en la Escuela 49: Declaró Nasif, deslindó responsabilidades y sigue imputado por el delito de «Incumplimiento de los deberes de funcionario público»

El ex interventor del Consejo Escolar de Moreno, Sebastián Nasif, declaró en la justicia a raíz de la investigación que se desarrolla en el marco de la tragedia ocurrida el 2 de agosto en la Escuela Primaria Nº 49 de Moreno y en la cual perdieron la vida la vicedirectora Sandra Calamano y el auxiliar Rubén Rodríguez. Nasif, imputado por el delito de “Incumplimiento de los deberes de funcionario público”, brindó testimonio en sede fiscal por más de 4 horas. El avocador, en funciones en momentos de la explosión del aula del establecimiento educativo por escape de gas, deslindó responsabilidades en la contratación del profesional Cristian Ricobene y habría afirmado que se ajustó a la normativa vigente. Desde la fiscalía, en concordancia con las reglamentaciones de ENARGAS, sostienen que Ricobene no estaba habilitado para realizar trabajos en instituciones como la Escuela 49 y que era responsabilidad de Nasif verificar el cumplimiento, bajo mandato expreso de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, desde donde se produjo su nombramiento frente al Consejo Escolar.
Sebastián Nasif, interventor del Consejo Escolar hasta el pasado viernes 10 de agosto, prestó declaración durante más de cuatro horas frente a la fiscal Gabriela Urrutia y su secretario Walter Velázquez, de la UFI Nº 8 del Departamento Judicial de Moreno y General Rodríguez. Está imputado por el delito de “Incumplimiento de los deberes de funcionario público”. El testimonio fue recepcionado en la mañana de este martes 28 de agosto en sede fiscal.
Las fuentes judiciales consultadas señalaron que Nasif intentó deslindar responsabilidades en torno a la tragedia ocurrida el jueves 2 de agosto cuando un aula de la Escuela Primaria Nº 49 del Barrio Aberasturi explotó debido a una pérdida de gas y produjo las muertes de la vicedirectora Sandra Calamano y el auxiliar Rubén Rodríguez. Por este terrible suceso está imputado el gasista Cristian Ricobene, quien está acusado de “Homicidio culposo agravado en concurso real con defraudación al Estado”. Ricobene fue detenido el lunes 13 de agosto en su casa de la localidad morenense de Trujui. Diez días después fue excarcelado por orden del Juez de Garantías Gabriel Castro.
Nasif habría declarado que Ricobene figuraba en el registro de proveedores del Estado desde el año 2016 al menos y que su expediente fue destruido durante el incendio intencional que se produjo en el Consejo Escolar el 5 de enero de este año. Habría afirmado que le solicitó documentación para reconstruir ese legajo y que fue entregada en tiempo y forma por Ricobene. Habría manifestado que Ricobene –funcionando como una empresa- además de prestar su servicio como gasista, realizaba trabajos de electricidad y albañilería.  Desde el año 2016 hasta la fecha de la tragedia, Ricobene confeccionó 343 facturas al Consejo Escolar por un valor superior a los 2.800.000 pesos, según los datos revelados por nuestras fuentes. Nasif habría indicado ante Urrutia que Ricobene estaba en el registro de gasistas que atendían escuelas en la zona de Trujui y que tuvo a su cargo la reparación de una veintena de artefactos en la Escuela Nº 49. Además, habría afirmado que no estaba contratado para revisar pérdidas de suministro en cañerías. Los voceros señalan que Nasif habría descargado parte de la responsabilidad en los consejeros escolares Walter Nieto y Jorge Galián, quienes en distintos momentos estuvieron a cargo del área de Infraestructura antes de la avocación decidida por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. Habría insistido que a principios del mes de junio remitió a todos los establecimientos educativos del distrito una comunicación que indicaba cómo debían actuar las autoridades ante la detección de un escape de gas –precisando que la primera medida era el cierre de la llave general de gas-, aunque entre las firmas de conformidad no figuraría ninguna con representación de la Escuela 49. Ante las versiones que circulaban indicando que Ricobene no poseía matrícula habilitante para realizar tareas de refacciones del servicio de gas, la defensa de Nasif habría presentado un certificado donde se constata que Ricobene poseía una matrícula categoría 3 avalada por Gas Natural BAN (hoy Naturgy). Una vez finalizada la declaración, Nasif fue notificado que estaba procesado como autor del delito de “Incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
La imputación de Nasif se sostiene por la normativa vigente que aplica a las intervenciones de los gasistas y su ámbito de actuación que emana desde ENARGAS (Ente Nacional Regulador de Gas). La resolución NAG 200 (http://www.enargas.gob.ar/secciones/normativa/pdf/normas-tecnicas/NAG-200.pdf) en su capítulo VIII punto 8.4 para matriculados de categoría 3 señala que “La matrícula de tercera categoría habilitará a su poseedor a efectuar en toda la república, instalaciones domiciliarias, en viviendas unifamiliares, cuyo consumo total no exceda 5m³ / h de gas natural, suministrado por redes a presión menor a 2kg / cm². Las instalaciones a Gas Envasado quedarán limitadas a un solo equipo de dos cilindros”. Evidentemente la Escuela 49 no es una vivienda unifamiliar y el zeppelín o chancha no eran dos cilindros de gas envasado. La confirmación de la matrícula categoría 3 de Cristian Ricobene está plasmada en la página web de Gas Natural Ban (empresa que cambió su nombre de fantasía a Naturgy) y que se puede consultar a través de http://www.gasnaturalban.com.ar/Matriculados/Jsp/ListMatri.jsp?partido=MORENO&B1=Listar. Desde la justicia aducen que Nasif no puede invocar el desconocimiento de la norma para otorgar los trabajos vinculados al suministro de gas.
Por otro lado, Urrutia tendría base del procesamiento en la resolución de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires que dispone la intervención (en términos legales avocación) del Consejo Escolar de Moreno, colocando a la cabeza de la misma a Sebastián Nasif. Dicho documento, que está fechado el miércoles 25 de octubre del 2017 y que lleva la firma del responsable de la cartera educativa bonaerense Gabriel Sánchez Zinny, indica que la función principal del avocador es normalizar el funcionamiento de la institución, luego de una serie de informes de auditorías que indicaban serias irregularidades en la gestión anterior. Consideraría Urrutia que Nasif no arbitró los medios necesarios para ordenar el registro de proveedores del Estado, dentro del cual debería revistar Ricobene.
El proceso continúa, ya que aún resta una serie de medidas procesales. La pena que enfrenta Nasif, en caso de ser hallado culpable por un tribunal, tiene un rango que va desde un mes hasta dos años de prisión. Se trata de un delito excarcelable.