El Gobierno nacional reglamentó cambios en el sistema de licencias médicas por enfermedad, estableciendo nuevos requisitos para la emisión y presentación de certificados en el ámbito laboral.
A partir de la nueva normativa, las prescripciones médicas que indiquen reposo laboral deberán emitirse de manera electrónica a través de plataformas habilitadas.
Además, los profesionales intervinientes deberán estar registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y utilizar sistemas inscriptos en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
Los certificados deberán contener información básica obligatoria, entre ella el diagnóstico, el tratamiento indicado, la cantidad de días de reposo y la identificación del profesional responsable.
La reglamentación también contempla situaciones en las que existan diferencias entre el diagnóstico presentado por el trabajador y el control médico realizado por el empleador. En esos casos, cualquiera de las partes podrá solicitar la intervención de una junta médica o de instituciones especializadas para resolver la controversia.
Si bien el nuevo esquema prioriza la digitalización de las licencias médicas, se prevé una excepción para casos de falta de conectividad o problemas técnicos debidamente acreditados.
En esas circunstancias, podrán aceptarse certificados emitidos en papel con firma manuscrita.Con estas modificaciones, el sistema busca unificar criterios de validación, fortalecer los mecanismos de control y avanzar en la digitalización de los trámites vinculados a las licencias por enfermedad.


